Contrato de arrendamiento residencial de Colorado gratis: PDF bilingüe

▶ Resumen en video

Contrato de arrendamiento de Colorado gratis: PDF bilingüe (español e inglés)

Contrato de arrendamiento de Colorado gratis: PDF bilingüe (español e inglés)
Ver el video

Un contrato de arrendamiento residencial de Colorado configurable que genera un PDF de varias páginas listo para firmar, en español y en inglés. Hecho conforme a la ley actual de Colorado — el depósito máximo de dos meses, la devolución en treinta días que reemplazó a “un mes” el 1 de enero, y las dos declaraciones de habitabilidad en negrita que todo contrato de Colorado debe llevar.

Colorado C.R.S. 38-12 Devolución en 30 días PDF gratis Edición 2026
Actualizado 3.er trimestre de 2026 Por el equipo editorial de Tenant Screening Background Check Alcance: Colorado ~14 min de lectura

Un contrato de arrendamiento residencial de Colorado — también llamado contrato de renta o contrato de alquiler — es el contrato escrito entre un arrendador y un inquilino residencial, y no se rige por una ley uniforme sino por el C.R.S. Title 38, Article 12 (Estatutos Revisados de Colorado), junto con las leyes de desalojo (forcible entry and detainer) del C.R.S. Title 13, Article 40. Esa diferencia importa más de lo que parece. Colorado nunca adoptó la Uniform Residential Landlord and Tenant Act (ley uniforme de arrendadores e inquilinos), así que nada se trae de un estado vecino que use la ley uniforme; las reglas están en partes separadas del código que la legislatura ha reescrito varias veces desde 2019. Dos de esas reformas entraron en vigor el 1 de enero de 2026: la House Bill 25-1249 reemplazó el antiguo plazo de un mes para el depósito del C.R.S. 38-12-103 por un plazo fijo de treinta días y prohibió descontar daños que ya existían antes del arrendamiento, y la House Bill 25-1090 creó el C.R.S. 6-1-737, que prohíbe al arrendador cobrarle al inquilino el mantenimiento de las áreas comunes, los impuestos sobre la propiedad o cualquier cosa que el arrendador de todos modos tenía que hacer. Un contrato copiado de una plantilla actualizada por última vez en 2025 ya está equivocado en ambos puntos.

Reglas de arrendamiento de Colorado de un vistazo

Depósito de seguridad máximo

2 meses

Devolución del depósito

30 días

Aviso de mes a mes

21 días

Causa para desalojar

Obligatoria

El cambio que la mayoría de las plantillas de Colorado todavía no refleja: el C.R.S. 38-12-103(1) ahora exige devolver el depósito dentro de treinta días, no de “un mes”, y un contrato solo puede ampliar ese plazo hasta sesenta días. La misma reforma cambió la retención intencional (wilful) por la retención indebida (wrongful) como la causa de los daños triples.

Cuatro reglas de Colorado que toman por sorpresa a los arrendadores

Primero, el plazo del depósito cambió. El C.R.S. 38-12-103(1) dice treinta días desde el 1 de enero de 2026; todas las páginas de plantillas que aparecen en los buscadores todavía dicen un mes, y también las copias codificadas del estatuto que esas páginas citan. Segundo, no puede descontar daños que ya existían — la misma subsección prohíbe retener por el desgaste normal o por cualquier daño o condición defectuosa que existía antes del arrendamiento, y el C.R.S. 38-12-103(7) anula cualquier cláusula del contrato que intente cobrárselo al inquilino de todos modos. Tercero, un contrato de Colorado tiene que decir dos cosas específicas en letra negrita de doce puntos, y una de ellas debe aparecer en inglés y en español (C.R.S. 38-12-505(3)(c) y (3)(d)). Cuarto, una cláusula de honorarios de abogado de un solo lado es nula según el C.R.S. 38-12-801(3)(a)(II), igual que las renuncias a un juicio con jurado, las renuncias a demandas colectivas y cualquier cláusula que llame “renta” a un cargo que no es renta para que apliquen los recursos de desalojo.

¿Cómo se llena este contrato de arrendamiento de Colorado?

La secuencia de siete pasos para Colorado

1. Nombre al arrendador o al agente autorizado

El C.R.S. 38-12-801(2) exige que el contrato de renta escrito indique el nombre y la dirección de la persona que es el arrendador o el agente autorizado del arrendador. Si esa identidad cambia durante el arrendamiento, el nuevo arrendador o agente tiene un día laborable para avisar a cada inquilino o fijar la nueva identidad en un lugar visible de la propiedad.

2. Describa la propiedad y elija el plazo

Escriba la dirección, el condado y el tipo de propiedad. El tipo de propiedad decide una cosa directamente: la excepción del C.R.S. 38-12-506 que permite que un inquilino se encargue de reparaciones solo está disponible para una vivienda unifamiliar sin subsidio, y solo mediante un documento aparte firmado.

3. Fije la renta, el cargo por pago atrasado y el plazo de requerimiento

El C.R.S. 38-12-105 limita el cargo por pago atrasado a la cantidad mayor entre cincuenta dólares o el cinco por ciento de la renta vencida, y prohíbe cobrar nada hasta que la renta tenga por lo menos siete días naturales de atraso. El plazo de requerimiento también importa: diez días para un contrato residencial estándar, cinco para un contrato residencial exento y tres para una vivienda proporcionada por el empleador.

4. Sume el depósito y compárelo con el máximo de dos meses

El C.R.S. 38-12-102.5 limita el depósito a dos pagos mensuales de renta. Como el C.R.S. 38-12-102 cuenta cualquier anticipo de dinero, sin importar cómo se le llame, cuya función principal sea garantizar el cumplimiento, un depósito reembolsable por mascota entra en el mismo máximo — por eso el formulario los pide en campos separados.

5. Elija el plazo de devolución del depósito

Treinta días es el plazo que fija la ley si no se dice otra cosa. Un contrato puede indicar un plazo más largo, pero no de más de sesenta días, y si no dice nada el plazo es de treinta. El contrato generado registra el plazo que usted elija para que la fecha límite quede escrita en el documento y no se discuta después.

6. Marque los avisos que exige Colorado

Las dos declaraciones de habitabilidad en negrita de doce puntos, la identificación del arrendador o del agente, la declaración sobre la fuente de ingresos, el aviso sobre el radón y el historial de chinches de cama. La declaración con la dirección para reportar se debe dar en inglés y en español, así que el formulario pide la dirección y el correo electrónico o portal por separado.

7. Genere, firme y entregue una copia firmada en siete días

Descargue el PDF de varias páginas y fírmelo. No se requieren testigos ni notario. El C.R.S. 38-12-801(1) sí exige que el arrendador entregue al inquilino una copia firmada por ambas partes a más tardar el séptimo día después de que el inquilino la firmó — en forma electrónica, salvo que el inquilino pida una copia en papel.

Cree su contrato de arrendamiento residencial de Colorado

Llene los campos de abajo para generar un contrato de arrendamiento residencial de Colorado como un PDF de varias páginas listo para firmar. Cada campo que llene se escribe en el documento, incluida la asignación de servicios, el plazo de devolución del depósito, el plazo de requerimiento y cada aviso que marque, y el contrato generado cita la sección de Colorado que aplica en cada punto. El PDF se imprime en español y en inglés: cada encabezado y cada cláusula impresa aparece primero en español y después en inglés, y el contrato indica que, si hay alguna diferencia, prevalece la versión en inglés. Lo que usted escriba en los campos (nombres, términos especiales, notas) se imprime una sola vez, tal como lo escriba. Antes de entregar las llaves, haga una buena verificación de inquilinos — y tenga en cuenta que Colorado también regula la etapa de verificación, desde los cargos por solicitud hasta el informe portátil de verificación de inquilinos. Acompañe el contrato firmado con una lista de entrada y salida de Colorado (en inglés), porque la prohibición de cobrar daños que ya existían solo es tan fuerte como el registro de cómo estaba la unidad el primer día.

Generador del contrato de arrendamiento residencial de Colorado

1. Partes (Parties)

2. Propiedad (Premises)

3. Plazo (Term)

4. Renta (Rent)

5. Depósito de seguridad (Security Deposit) — limitado a dos meses de renta

El C.R.S. 38-12-102.5 limita el depósito de seguridad a dos pagos mensuales de renta, y el C.R.S. 38-12-102 cuenta cualquier anticipo de dinero sin importar cómo se le llame cuya función principal sea garantizar el cumplimiento — así que un depósito reembolsable por mascota entra en el mismo máximo. Desde el 1 de enero de 2026 el plazo de devolución es de treinta días, que este contrato puede ampliar hasta un máximo de sesenta.

6. Servicios públicos y servicios (Utilities & Services)

Asigne cada servicio. Cada selección se escribe en el contrato generado. Desde el 1 de enero de 2026 el C.R.S. 6-1-737 prohíbe cobrar por el mantenimiento de las áreas comunes, por los impuestos sobre la propiedad, por cualquier cosa necesaria para cumplir el propio deber de habitabilidad del arrendador o por un servicio que en realidad no se presta.

7. Entrada del arrendador (Landlord Entry)

Colorado no tiene una regla general de aviso para entrar, así que el número de abajo es un término del contrato y no de la ley. El único aviso que exige la ley es de por lo menos veinticuatro horas por escrito antes de entrar para corregir una condición inhabitable que se haya reportado (C.R.S. 38-12-503).

8. Avisos de Colorado (Colorado Disclosures)

Colorado exige seis cosas en el contrato residencial o antes de firmarlo: las dos declaraciones de habitabilidad en negrita de doce puntos (una de ellas en inglés y en español), la identificación del arrendador o del agente, la declaración sobre la fuente de ingresos, el aviso sobre el radón y el historial de chinches de cama si se pide. La pintura con plomo es un aviso federal.

9. Otras disposiciones (Other Provisions)

Colorado no solo permite una cláusula recíproca de honorarios de abogado — el C.R.S. 38-12-801(3)(a)(II) exige que cualquier cláusula de honorarios favorezca a la parte que prevalezca, después de que una corte determine que la parte prevaleció y que los honorarios son razonables. La opción de abajo genera solo esa cláusula.

¿Qué tipos de contrato de arrendamiento hay en Colorado?

Colorado reconoce la variedad habitual de arreglos residenciales. Un contrato de plazo fijo dura un periodo determinado; un arrendamiento periódico se renueva cada periodo hasta que una de las partes da aviso; un contrato de cuarto o de compañeros de vivienda cubre un cuarto en una vivienda ocupada; un subarrendamiento traspasa el derecho del inquilino a otra persona, pero el inquilino original sigue siendo responsable; y un contrato de renta con opción a compra (lease-to-own) añade una opción de compra que queda fuera de las reglas residenciales.

Dos categorías quedan fuera de este formulario. Un contrato de arrendamiento comercial no se rige en absoluto por las disposiciones residenciales del Article 12. Y un espacio para casa móvil en un parque de casas móviles se rige por su propio régimen legal en la Part 2 del mismo artículo, y por eso el C.R.S. 38-12-1302(1)(c) lo excluye expresamente de las reglas de causa para desalojar y el C.R.S. 38-12-103(12) lo excluye de las disposiciones sobre la inspección de salida y las alfombras.

Un detalle de redacción que sorprende a muchos: Colorado no exige que un contrato de arrendamiento residencial se haga por escrito, excepto que el C.R.S. 38-10-108 hace nulo un contrato por un plazo de más de un año si no se hace por escrito y lo firma la parte que lo otorga. Pero un arrendamiento verbal en Colorado es mala idea por otra razón — varios de los deberes del Article 12 dependen de que exista un contrato de renta escrito. Las declaraciones obligatorias de habitabilidad, la identificación del arrendador y la declaración sobre la fuente de ingresos están en disposiciones que indican lo que debe contener un contrato escrito, y el C.R.S. 38-12-701(2)(a) da a un arrendamiento sin contrato escrito un plazo de aviso de sesenta días para los aumentos de renta que un contrato escrito no tiene. Ponerlo por escrito es la forma en que ambas partes saben qué reglas les aplican.

¿Cuánto puede cobrar un arrendador de Colorado de depósito de seguridad?

No más de dos pagos mensuales de renta. El C.R.S. 38-12-102.5 dispone que, a partir del 7 de agosto de 2023, un arrendador no exigirá a un inquilino entregar un depósito de seguridad por una cantidad mayor que dos pagos mensuales de renta según el contrato de renta.

La definición hace el trabajo pesado. El C.R.S. 38-12-102 define el depósito de seguridad como cualquier anticipo o depósito de dinero, sin importar cómo se le llame, cuya función principal sea garantizar el cumplimiento de un contrato de renta. Por eso cambiarle el nombre no sirve: un depósito reembolsable por mascota, un depósito de mudanza, un depósito por las llaves o una “garantía por daños” es un depósito de seguridad si su función es garantizar el cumplimiento, y todo cuenta para el mismo límite de dos meses.

Hay un dato falso que circula y conviene nombrarlo. En 2026 se repite mucho que el máximo bajó a un mes de renta. No bajó. Esa reducción apareció en los primeros borradores de la House Bill 25-1249 y se eliminó antes de que se aprobara; la ley aprobada solo modifica el C.R.S. 38-12-102 y el C.R.S. 38-12-103, y deja intacto el C.R.S. 38-12-102.5. El máximo de dos meses sigue vigente. Nuestra guía de leyes de depósitos de seguridad de Colorado (en inglés) sigue los cambios de esa sección.

¿Cuánto tiempo tiene un arrendador de Colorado para devolver el depósito?

Treinta días — no un mes. El C.R.S. 38-12-103(1), tal como lo reescribió la House Bill 25-1249 con vigencia desde el 1 de enero de 2026, exige que el arrendador devuelva el depósito de seguridad completo dentro de treinta días después de la terminación del contrato o de la entrega de la propiedad, lo que ocurra al último, salvo que el contrato indique un plazo más largo, que no puede pasar de sesenta días.

El cambio de redacción no es cosmético. “Un mes” variaba con el calendario; treinta días no, y una salida en febrero ahora tiene un plazo absoluto más corto que antes. Cuando hay una causa real para retener parte del depósito, el arrendador debe entregar una declaración por escrito con las razones exactas, junto con el saldo que se debe y cualquier documentación pertinente, y puede cumplir enviándola a la última dirección conocida del inquilino o a una dirección de correo electrónico de la que el arrendador tenga conocimiento real.

Al mismo tiempo se redujo lo que se puede descontar. No se puede retener el depósito por el desgaste normal ni por ningún daño o condición defectuosa que existía antes del arrendamiento, y los motivos permitidos ahora son una lista cerrada: renta no pagada, cargos de servicios no pagados, trabajos de reparación o limpieza que el inquilino contrató, otros cargos legales indicados en el contrato, y reparaciones necesarias por daños que exceden el desgaste normal y que no existían antes del arrendamiento. Prepare el detalle con nuestro formulario de detalle del depósito de seguridad de Colorado (en inglés).

¿Qué pasa si un arrendador de Colorado retiene el depósito indebidamente?

Daños triples, honorarios de abogado y costas judiciales — y ahora al inquilino le resulta más fácil cumplir el requisito. Antes, el C.R.S. 38-12-103(3) aplicaba esa responsabilidad a la retención intencional. Ahora la aplica a la retención indebida, lo que elimina el argumento sobre la intención que antes decidía estos casos.

El C.R.S. 38-12-103(2.5) enumera cuatro situaciones en las que la retención se considera indebida: el arrendador no entrega a tiempo la declaración por escrito y la documentación requerida; la declaración no indica las razones exactas; el saldo no se devuelve dentro del plazo; o la retención es de mala fe. Y el C.R.S. 38-12-103(3.5) define la mala fe de modo que incluye retener una cantidad que excede de forma no razonable los daños reales, retener sin causa real, retener una cantidad que el arrendador sabía o debía saber que excedía los daños reales, o retener con un propósito ilegal, de represalia o discriminatorio — con una presunción de que la cantidad excede de forma no razonable los daños reales cuando llega al ciento veinticinco por ciento de ellos.

Dos puntos de procedimiento equilibran la regla. El inquilino debe entregar al arrendador un requerimiento y un aviso de su intención de iniciar un proceso legal por lo menos siete días antes de presentar la demanda, y solo puede demandar daños triples si el arrendador todavía no devuelve el depósito dentro de esos siete días. Y un arrendador que actuó de buena fe, cumplió todos los requisitos y simplemente retuvo un poco de más solo responde por el exceso y las costas judiciales.

Conviene conocer otras dos reglas antes de una inspección de salida. Cualquiera de las partes puede pedir una inspección de recorrido (walk-through) según el C.R.S. 38-12-103(1.5), en persona o mediante un recorrido interactivo por telecomunicación, para identificar por escrito cualquier daño que exceda el desgaste normal y que no existía antes del arrendamiento — y si el inquilino la pide, el arrendador debe hacerla en un momento conveniente para ambos, después de que el inquilino haya tenido la oportunidad de sacar los muebles. Y según el C.R.S. 38-12-103(11), un arrendador no tiene causa real para cobrar el reemplazo de la alfombra de toda la unidad salvo que el daño sea sustancial e irreparable, y no puede considerar la alfombra sustancial e irreparablemente dañada si no se ha reemplazado con alfombra nueva en los diez años anteriores.

¿Cuánto puede cobrar un arrendador de Colorado por pago atrasado?

La cantidad mayor entre cincuenta dólares o el cinco por ciento del pago de renta vencido, según el C.R.S. 38-12-105 — y nada en absoluto hasta que la renta tenga por lo menos siete días naturales de atraso.

La sección va más allá de un límite. El cargo debe indicarse en el contrato de renta y cobrarse mediante un aviso por escrito dentro de los ciento ochenta días después de la fecha de vencimiento. Un arrendador no puede cobrar más de un cargo por pago atrasado por un solo pago atrasado, no puede cobrar intereses sobre un cargo por pago atrasado y no puede descontar un cargo por pago atrasado de un pago de renta — esto último importa, porque descontar primero el cargo convierte un mes pagado en uno pagado en parte y fabrica un caso de falta de pago. Lo más importante: un arrendador no puede sacar a un inquilino ni terminar un arrendamiento porque no se pagó un cargo por pago atrasado, y el inquilino puede alegar una violación de la sección como defensa en un desalojo. Vea las leyes de cargos por pago atrasado de Colorado (en inglés).

La página más extensa que hoy aparece en los buscadores para esta consulta dice en una sección que “en Colorado no hay límite para los cargos por pago atrasado” y luego explica el límite correctamente dos pantallas más abajo. Las dos frases están en la misma página. El límite es real.

¿Qué cargos ya no puede cobrar un arrendador de Colorado?

Esta es la capa más nueva y ninguna página de las que aparecen en los buscadores la incluye. El C.R.S. 6-1-737(4), creado por la House Bill 25-1090 y vigente desde el 1 de enero de 2026, dispone que un arrendador o su agente no exigirá a un inquilino pagar un cargo, cobro o cantidad:

  • por el mantenimiento de las áreas comunes — la disposición que pone fin al traspaso del mantenimiento de las áreas comunes en los contratos residenciales;
  • relacionado con el pago de los impuestos sobre la propiedad;
  • por un bien, servicio o propiedad necesario para cumplir las propias obligaciones del arrendador, incluido expresamente el deber de ofrecer un lugar habitable según el C.R.S. 38-12-503;
  • por un bien, servicio o propiedad que en realidad no se proporciona;
  • relacionado con el procesamiento de la renta cuando no hay una forma de pago sin costo para el inquilino que sea razonablemente accesible;
  • relacionado con el pago atrasado de algo que no es renta;
  • que aumente más del dos por ciento durante un contrato de renta de un año o menos, excepto el costo de los servicios que se suministran a la unidad;
  • por encima de lo que cobró el proveedor del servicio por el servicio a la unidad, salvo dentro del estrecho margen de recargo que se explica abajo;
  • por encima del precio total del bien, servicio o propiedad por el que se cobra.

El margen de recargo está en el C.R.S. 38-12-801(3)(a)(VI): cuando a un arrendador le factura un tercero un servicio y el arrendador lo traspasa, cualquier recargo o cargo no puede pasar del dos por ciento de la cantidad que se le facturó al arrendador, o de un total de diez dólares al mes — pero no ambos. La misma ley modificó ese subpárrafo para que cualquier cargo que viole el C.R.S. 6-1-737 sea en sí mismo una cláusula prohibida del contrato, lo que significa que un cargo por procesar la renta o un cargo por áreas comunes escrito en un contrato de Colorado ahora es nulo por partida doble.

La sección también contiene una regla de precios. El precio anunciado debe ser el precio total, informado como una sola cifra y con más prominencia que cualquier otra información de precios, con las cantidades obligatorias e inevitables incluidas; el costo real que cobra un proveedor de servicios por el servicio a la unidad es lo único que el arrendador no tiene que incluir. Una violación es un acto engañoso, injusto y abusivo, y un inquilino afectado puede enviar un requerimiento por escrito de reembolso y de daños reales, con intereses si el arrendador no paga la totalidad dentro de catorce días.

¿Qué exige la garantía de habitabilidad de Colorado?

El C.R.S. 38-12-503 considera que el arrendador garantiza que la propiedad residencial es apta para ser habitada por personas desde el inicio de la ocupación del inquilino y que se mantendrá así durante todo el arrendamiento. La garantía se incumple cuando la propiedad es inhabitable o una condición interfiere de manera importante con la vida, la salud o la seguridad del inquilino, el arrendador tiene aviso de ello y no actúa a tiempo.

Los plazos son específicos. Después de recibir el aviso, el arrendador debe comunicarse con el inquilino dentro de veinticuatro horas — setenta y dos horas cuando un evento de salud pública ambiental hace inaccesible la propiedad —, debe comenzar las medidas de corrección dentro de veinticuatro horas cuando la condición interfiere de manera importante con la vida, la salud o la seguridad, y dentro de setenta y dos horas para cualquier otra condición inhabitable, y debe dar por lo menos veinticuatro horas de aviso por escrito antes de entrar para hacer el trabajo. Las condiciones graves también pueden obligar a ofrecer una vivienda comparable o un cuarto de hotel sin costo.

El C.R.S. 38-12-505(1) define el contenido. Una propiedad es inhabitable cuando hay moho relacionado con humedad que interfiere de manera importante con la salud o la seguridad, o cuando le falta sustancialmente cualquiera de una larga lista de características: aparatos que funcionen; impermeabilización y protección contra el clima, con ventanas y puertas sin roturas; instalaciones de plomería o gas que funcionen; agua corriente y agua caliente suficiente conectadas a un sistema de drenaje aprobado; calefacción que funcione; iluminación eléctrica con el cableado adecuado; áreas comunes razonablemente limpias y libres de escombros y plagas; control de plagas adecuado; recipientes de basura exteriores suficientes; pisos, escaleras, elevadores y barandales en buen estado; cerraduras en las puertas exteriores y dispositivos de seguridad en las ventanas que se abren; cumplimiento de los códigos de construcción, vivienda y salud aplicables; cumplimiento de las normas ambientales de limpieza aplicables; remediación de cualquier laboratorio de metanfetamina; cumplimiento de los requisitos sobre el radón; y cumplimiento de la subsección sobre aparatos de enfriamiento portátiles. Cualquier otra cosa que haga la propiedad no apta para ser habitada también cuenta. Nuestra guía de leyes de habitabilidad de Colorado (en inglés) repasa la lista, y el aviso de garantía de habitabilidad de Colorado (en inglés) pone las declaraciones obligatorias en su propia página.

Una disposición de esa lista es fácil de pasar por alto y cada vez se litiga más. El C.R.S. 38-12-505(7) dispone que un arrendador no prohibirá ni restringirá que un inquilino instale o use un aparato de enfriamiento portátil, y da solo cuatro motivos para restringirlo: que viole los códigos de construcción o la ley estatal o federal, que viole las instrucciones de seguridad por escrito del fabricante, que dañe la propiedad o la haga inhabitable, o que exceda la capacidad eléctrica de la propiedad, de la unidad o del circuito. Un arrendador que lo restringe por motivos de capacidad debe dar prioridad al inquilino que necesita el aparato como adaptación por discapacidad, debe informar la restricción por escrito y debe indicar que se operará un espacio común con aire acondicionado durante un evento de calor extremo o señalar espacios comunitarios de enfriamiento a menos de diez millas.

¿Quién repara qué en una vivienda rentada en Colorado?

La regla general es que la habitabilidad es responsabilidad del arrendador y no se puede pasar al inquilino. Colorado permite exactamente una excepción, y es estrecha. Según el C.R.S. 38-12-506, para una vivienda unifamiliar por la que el arrendador no recibe ningún subsidio del gobierno, el arrendador y el inquilino pueden acordar que el inquilino haga reparaciones, mantenimiento, modificaciones o remodelaciones específicas necesarias para cumplir el C.R.S. 38-12-503 — pero solo cuando el acuerdo se hace de buena fe, consta en un documento escrito aparte del contrato de arrendamiento, lo firman ambas partes, tiene una contraprestación adecuada y el inquilino tiene la capacidad necesaria. Ningún acuerdo de ese tipo puede cubrir trabajos que pongan en peligro la salud o la seguridad del inquilino.

Por eso este formulario pide el tipo de propiedad antes de preguntar por el mantenimiento: para cualquier propiedad que no sea una casa unifamiliar sin subsidio, la excepción simplemente no existe, y una cláusula que traspase el mantenimiento no tiene efecto por muy bien que esté redactada.

Cuando el arrendador no actúa, el C.R.S. 38-12-507 le da al inquilino seis caminos en lugar de uno. El inquilino puede terminar el contrato sin más responsabilidad mediante aviso por escrito; terminarlo cuando la condición vuelve a presentarse dentro de los seis meses después de corregida; reparar y descontar después de dar aviso — diez días, o cuarenta y ocho horas cuando está en juego la salud o la seguridad; demandar o contrademandar por daños reales, costas judiciales, honorarios de abogado y, en un caso apropiado, daños punitivos; obtener medidas cautelares, incluida una orden de cumplimiento específico; y alegar el incumplimiento como defensa afirmativa en una demanda de posesión o de renta, sin depositar una garantía judicial (bond). Una solicitud de mantenimiento de Colorado con fecha (en inglés) es lo que convierte una queja en aviso para estos efectos.

¿Con cuánto aviso debe entrar un arrendador de Colorado?

Colorado no tiene una ley general de aviso para entrar. Este es uno de los puntos en los que un estado sin ley uniforme simplemente no tiene una regla que sí tienen los estados vecinos, y las páginas de los buscadores tienen razón a medias cuando dicen que no se requiere aviso. Lo que no ven es la excepción, y la consecuencia.

La excepción es que el C.R.S. 38-12-503 exige que el arrendador entregue al inquilino un aviso por escrito con por lo menos veinticuatro horas de anticipación a la entrada cuando el arrendador entra para inspeccionar o corregir una condición que el inquilino reportó como inhabitable, salvo que haya una amenaza inminente. Eso cubre una gran parte de las entradas reales, porque la mayoría de las entradas vienen después de una solicitud de reparación.

La consecuencia es que, para cualquier otra entrada, el contrato es la única regla que existe. Eso hace que la cláusula de entrada sea esencial de una forma que no lo es en Arizona o Florida, y es la razón por la que el formulario de arriba hace del plazo de aviso un término que se elige y no una repetición de la ley. Hay un respaldo: las entradas repetidas sin aviso o por motivos triviales pueden violar la garantía de uso pacífico (quiet enjoyment), y el C.R.S. 38-12-801(3)(a)(III) prohíbe que un contrato de Colorado renuncie a esa garantía, así que el arrendador no puede eliminar el problema con la redacción. Vea las leyes de entrada del arrendador de Colorado (en inglés) y dé aviso con un aviso de entrada de Colorado (en inglés).

¿Exige Colorado una causa para desalojar a un inquilino?

Sí, para un arrendamiento residencial cubierto. La House Bill 24-1098 entró en vigor el 19 de abril de 2024 y añadió la Part 13 al Article 12. Según el C.R.S. 38-12-1303, un arrendador no puede desalojar ni negarse a renovar sin causa, lo que significa que el vencimiento de un plazo fijo ya no es, por sí solo, un motivo por el que el inquilino tenga que irse.

Los motivos por culpa del inquilino son los motivos de retención ilegal que ya están en el C.R.S. 13-40-104(1) — falta de pago, una violación sustancial, una violación repetida después de un aviso, molestia (nuisance) o daños, y los demás. Los seis motivos sin culpa del inquilino son: demolición o conversión de la propiedad; reparaciones o renovaciones sustanciales; ocupación por el arrendador o por su familia; retiro de una propiedad unifamiliar para venderla; la negativa del inquilino a un nuevo contrato de renta razonable; y un historial de pagar la renta tarde más de dos veces durante el plazo. Cada uno exige un aviso por escrito dado por lo menos noventa días antes de que el inquilino tenga que desocupar — reducido a cuarenta y cinco días para un miembro del servicio militar activo en el motivo de ocupación por el arrendador — y el aviso debe indicar el fundamento legal y de hecho. Entréguelo con un aviso de no renovación de Colorado (en inglés).

La parte que todos omiten es a quién no cubre. El C.R.S. 38-12-1302 excluye de la Part 13 a una propiedad de renta a corto plazo; a una vivienda en una casa unifamiliar con o sin una unidad de vivienda accesoria, un dúplex o un tríplex cuando el propietario o el inquilino principal vive en ella o en una propiedad contigua como residencia principal y no es una propiedad multifamiliar de cuatro o más unidades; a un espacio para casa móvil; a un contrato de vivienda proporcionada por el empleador; a un inquilino que no ha sido inquilino de la propiedad por lo menos durante doce meses; y a una persona que el arrendador no sabe que es inquilino. Un arrendador pequeño de Colorado que vive en la propiedad muchas veces queda totalmente fuera del requisito de causa, y un inquilino en su primer año de arrendamiento normalmente también.

Si un arrendador desaloja violando la Part 13 y el inquilino pierde la posesión sin una orden de la corte, el C.R.S. 38-12-1304 remite al inquilino a los recursos del C.R.S. 38-12-510 — que son severos, como explica la sección siguiente. Nuestra guía de leyes de avisos de desalojo de Colorado (en inglés) explica la secuencia.

¿Qué aviso se da antes de un desalojo en Colorado?

Colorado escalona sus plazos de requerimiento según el tipo de contrato, algo que ningún otro estado de esta familia hace exactamente igual. Según el C.R.S. 13-40-104(1)(d), para un contrato residencial el requerimiento de pago de la renta o de entrega de la posesión es de diez días. Para un contrato residencial exento — definido como una casa unifamiliar rentada por un arrendador que es dueño de cinco o menos casas unifamiliares en renta y que indica en el contrato que el plazo de diez días no aplica — es de cinco días. Para un contrato no residencial o un contrato de vivienda proporcionada por el empleador es de tres días. La exención no es automática: un arrendador que califica pero nunca escribió esa frase en el contrato está en el plazo de diez días. Use el aviso de diez días para pagar la renta o desocupar de Colorado (en inglés) o la versión de cinco días (en inglés) según corresponda.

El mismo escalonamiento se aplica a la violación de una condición o cláusula importante del contrato distinta de la falta de pago, así que un aviso por violación del contrato es un aviso de diez días para cumplir de Colorado (en inglés) en el caso residencial estándar. Una violación sustancial se rige en cambio por el C.R.S. 13-40-107.5.

¿Cómo termina un arrendamiento en Colorado?

La escala de avisos del C.R.S. 13-40-107 depende de la duración del arrendamiento: por lo menos 91 días para un arrendamiento de un año o más; por lo menos 28 días para seis meses o más pero menos de un año; por lo menos 21 días para un mes o más pero menos de seis meses, que es el caso habitual de mes a mes; por lo menos 3 días para una semana o más pero menos de un mes, o un arrendamiento a voluntad; y por lo menos un día para un arrendamiento de menos de una semana.

El error individual más común en la información sobre Colorado está aquí. La página más extensa de los buscadores dice que un arrendamiento de mes a mes requiere veintiocho días de aviso y luego, unos párrafos más abajo, indica correctamente veintiún días para un arrendamiento de uno a seis meses en su propia tabla. Veintiún días es el número para el arrendamiento de mes a mes. Entréguelo con un aviso de 21 días para terminar un arrendamiento de mes a mes de Colorado (en inglés).

El segundo punto es estructural y es posterior a la mayoría de la información publicada. Desde la House Bill 24-1098, el arrendador solo puede usar el C.R.S. 13-40-107 para una propiedad no residencial o para una propiedad residencial exenta según el C.R.S. 38-12-1302. El inquilino de cualquier propiedad todavía puede usarlo. Así que, para un arrendamiento residencial cubierto, dar veintiún días de aviso es necesario pero no suficiente — el arrendador también necesita un motivo según el C.R.S. 38-12-1303. Vea las leyes de terminación del contrato de Colorado (en inglés) y las leyes sobre romper el contrato en Colorado (en inglés) para las salidas del inquilino.

¿Cómo funcionan los aumentos de renta en Colorado?

Dos reglas, ambas breves. El C.R.S. 38-12-702 dispone que, en los arrendamientos residenciales, un arrendador no aumentará la renta más de una vez en cualquier periodo de doce meses de ocupación continua del inquilino — haya o no un contrato escrito, sea cual sea la duración del arrendamiento, y sea este de plazo fijo, de mes a mes o por tiempo indefinido. El límite de frecuencia no depende de los papeles.

El plazo de aviso sí. El C.R.S. 38-12-701(2) exige por lo menos sesenta días de aviso por escrito de un aumento de renta en un arrendamiento residencial en el que no hay contrato escrito, y prohíbe al arrendador terminar ese arrendamiento mediante aviso con el propósito principal de aumentar la renta de una forma contraria a esa sección. Un contrato escrito fija sus propios términos durante el plazo fijo, así que este es uno de los pocos puntos en los que no tener contrato escrito le da al inquilino más protección, no menos. Colorado además prohíbe el control local de rentas, así que ninguna ciudad de Colorado fija un límite a la cantidad. Vea las leyes de aumento de renta de Colorado (en inglés) y el aviso de aumento de renta de Colorado (en inglés).

¿Qué pasa si un arrendador de Colorado deja fuera al inquilino o toma represalias?

Colorado impone daños legales inusualmente altos en ambos casos, y ninguna de esas cifras aparece en las páginas que hoy salen en los buscadores para esta consulta.

Desalojo ilegal — C.R.S. 38-12-510. Un arrendador no puede sacar ni excluir a un inquilino sin acudir al proceso judicial, y el desalojo ilegal incluye expresamente cortar intencionalmente los servicios públicos y quitar intencionalmente puertas, ventanas o cerraduras, salvo lo necesario para una reparación o mantenimiento. Los daños legales son los daños reales del inquilino más la cantidad mayor entre tres veces la renta mensual o cinco mil dólares, junto con honorarios de abogado y costas, y la corte puede ordenar que se devuelva la posesión. Este también es el recurso al que remite la Part 13 cuando un arrendador desaloja sin causa.

Represalias — C.R.S. 38-12-509. Un arrendador no puede aumentar la renta, reducir los servicios, terminar el arrendamiento o negarse a renovarlo sin el consentimiento por escrito del inquilino, presentar o amenazar con una demanda de posesión, intimidar, acosar o discriminar, ni cobrar ningún cargo, costo o penalidad, en respuesta a una queja de buena fe sobre una condición, a que el inquilino organice una asociación de inquilinos o se una a ella, o a que el inquilino ejerza un recurso según el C.R.S. 38-12-507. El requisito de causalidad es deliberadamente bajo: el inquilino solo tiene que demostrar que la actividad protegida fue un factor motivador, no la única razón. Los daños son de no más de tres meses de la renta periódica o tres veces los daños reales, lo que sea mayor, más honorarios de abogado y costas, y el inquilino puede terminar el contrato. La represalia también se puede alegar como defensa en una demanda de posesión, incluida una basada en el vencimiento del contrato.

¿Qué cláusulas del contrato son nulas en Colorado?

El C.R.S. 38-12-801(3)(a) enumera ocho, y un contrato de Colorado que contenga una no solo corre el riesgo de que esa parte no se pueda hacer cumplir — la subsección (3)(b) dice que la disposición es nula y no se puede hacer cumplir. Un contrato de renta escrito no debe incluir:

  • Una cláusula que imponga una penalidad a una parte derivada de un aviso de desalojo o de una demanda de desalojo por una violación del contrato.
  • Una cláusula de honorarios de un solo lado que otorgue honorarios de abogado y costas judiciales solo a una de las partes. Cualquier cláusula de honorarios debe otorgarlos a la parte que prevalezca, después de que la corte determine que esa parte prevaleció y que los honorarios son razonables.
  • Una renuncia al derecho a un juicio con jurado, excepto en una audiencia solo sobre la posesión, a la posibilidad de presentar una demanda conjunta o colectiva, a la garantía implícita de buena fe y trato justo, a la garantía implícita de uso pacífico (quiet enjoyment), o a una obligación de mediación obligatoria.
  • Una disposición que castigue no dar aviso de no renovación más allá de las pérdidas reales del arrendador.
  • Una disposición que califique cualquier cantidad o cargo como “renta”, fuera del pago mensual fijo por la ocupación, para que estén disponibles todos los recursos por renta, incluido el desalojo. Se mencionan específicamente los cargos por servicios públicos y servicios.
  • Una disposición que exija un recargo de más del dos por ciento de una factura de un tercero, o de más de diez dólares al mes, o cualquier cargo que viole el C.R.S. 6-1-737.
  • Una disposición que permita una demanda de posesión basada solo en la falta de pago de servicios públicos por un inquilino en un programa de vales (vouchers).
  • Una disposición que permita al arrendador recuperar el costo de la mediación obligatoria.

La regla sobre los honorarios merece una segunda lectura porque es fácil describirla mal. Colorado no ha prohibido las cláusulas de honorarios de abogado, y tampoco ha creado una excepción a una prohibición. Ha impuesto una reciprocidad obligatoria: usted puede tener una cláusula de honorarios, y si la tiene, debe favorecer a la parte que prevalezca, sea cual sea, y la corte también debe determinar que los honorarios son razonables. La cláusula opcional de honorarios del formulario de arriba genera solo esa versión. En la misma sección hay otros dos deberes: según la subsección (1), el arrendador debe entregar al inquilino una copia firmada por ambas partes a más tardar el séptimo día después de que el inquilino la firmó, y según la subsección (2), el contrato debe nombrar al arrendador o al agente autorizado e indicar una dirección.

¿Qué avisos exige realmente Colorado?

Seis según la ley estatal, más uno federal — y dos de los seis son declaraciones que la ley dicta casi palabra por palabra.

Derecho a una vivienda segura y saludable — C.R.S. 38-12-505(3)(c). A partir del 1 de enero de 2025, todo contrato de renta debe incluir una declaración, en letra negrita de por lo menos doce puntos, de que todo inquilino tiene derecho a una vivienda segura y saludable según la garantía de habitabilidad de Colorado y de que la ley prohíbe al arrendador tomar represalias de cualquier forma contra un inquilino por reportar condiciones inseguras, pedir reparaciones o buscar ejercer ese derecho.

Dónde reportar una condición inhabitable — C.R.S. 38-12-505(3)(d). A partir de la misma fecha, todo contrato de renta debe incluir una declaración, en inglés y en español y en letra negrita de por lo menos doce puntos, con una dirección a la que el inquilino pueda enviar por correo o entregar en persona un aviso escrito de una condición inhabitable, y una dirección de correo electrónico o un portal en línea para inquilinos accesible donde pueda entregar el mismo aviso. El requisito bilingüe es la parte que omiten las páginas de plantillas.

Identificación del arrendador o del agente autorizado — C.R.S. 38-12-801(2). El nombre y la dirección de la persona que es el arrendador o su agente autorizado, con un día laborable para avisar de un cambio o fijarlo en un lugar visible.

Discriminación por la fuente de ingresos — C.R.S. 38-12-801(2.5). Una declaración de que el C.R.S. 24-34-502(1) prohíbe discriminar a un posible inquilino por su fuente de ingresos. Un arrendador con cinco o menos casas unifamiliares en renta y no más de cinco unidades en renta en total, incluidas las casas unifamiliares, está exento (C.R.S. 38-12-801(2.5)(b)), y por eso el formulario la presenta como una casilla.

Radón elevado — C.R.S. 38-12-803. Antes de firmar el contrato, el arrendador debe entregar un aviso por escrito sobre el radón con la advertencia que exige la ley, cualquier resultado de pruebas y concentraciones que conozca, una descripción de cualquier radón detectado o remediación realizada e información sobre cualquier sistema de mitigación instalado, y el inquilino firma un acuse de recibo. Nuestro formulario de aviso sobre el gas radón de Colorado (en inglés) lo presenta en su propia página.

Historial de chinches de cama — C.R.S. 38-12-1005. Un arrendador no puede ofrecer en renta una unidad que sabe o sospecha razonablemente que tiene chinches de cama, y si se le pide, debe informar si la unidad las tuvo en los ocho meses anteriores y la última fecha en que se inspeccionó y se encontró libre de ellas. Como el deber nace de una solicitud, poner la respuesta en el contrato cierra la pregunta antes de que se haga. Nuestro aviso de chinches de cama de Colorado (en inglés) lo cubre, y el C.R.S. 38-12-1003 pone en el arrendador el costo de la inspección y del tratamiento, que debe comenzar dentro de cinco días laborables después de una inspección positiva.

Pintura con base de plomo — ley federal, 42 U.S.C. 4852d. Toda vivienda construida antes de 1978 requiere el aviso federal, el folleto de la EPA y cualquier registro conocido. Nuestro formulario de aviso sobre pintura con base de plomo de Colorado (en inglés) lo cubre.

Colorado no exige en un contrato residencial un aviso sobre riesgo de inundación, municiones militares, demolición pendiente, registro de delincuentes sexuales, asbesto ni servicios compartidos. Cada uno de esos avisos viene de las leyes de otro estado. El moho es un caso especial: no hay una ley de aviso sobre moho, pero según el C.R.S. 38-12-505(1)(a) el moho relacionado con humedad que interfiere de manera importante con la salud o la seguridad hace inhabitable la propiedad, que es una regla más fuerte que un aviso.

Tabla de referencia de las leyes de arrendamiento de Colorado

TemaRegla de ColoradoCita legal
Depósito de seguridad máximoDos pagos mensuales de renta; cualquier anticipo que garantice el cumplimiento cuenta, sin importar cómo se le llameC.R.S. 38-12-102.5; 38-12-102
Devolución del depósito30 días después de la terminación o de la entrega de la propiedad, lo que ocurra al último; el contrato puede ampliarlo hasta un máximo de 60 díasC.R.S. 38-12-103
Descuentos del depósito prohibidosEl desgaste normal, y cualquier daño o condición defectuosa que YA EXISTÍA antes del arrendamientoC.R.S. 38-12-103
Retención indebidaDaños triples, honorarios de abogado y costas; aviso de 7 días antes de demandar; la carga de la prueba es del arrendadorC.R.S. 38-12-103
Inspección de recorrido, alfombra y pinturaInspección si se pide; no se cobra la alfombra de toda la unidad; la alfombra no reemplazada en 10 años no está dañada de forma irreparableC.R.S. 38-12-103
Peligro de gas72 horas, sin contar fines de semana ni días feriados, para reparar; el inquilino puede desocupar y el contrato queda nuloC.R.S. 38-12-104
Cargos por pago atrasadoLa cantidad mayor entre cincuenta dólares o el cinco por ciento de la renta vencida; ninguno hasta que la renta tenga 7 días naturales de atraso; no hay desalojo por un cargo por pago atrasado no pagadoC.R.S. 38-12-105
Garantía de habitabilidadApta para ser habitada desde el inicio y durante todo el arrendamiento; contacto en 24 horas; 24 o 72 horas para comenzar la corrección; 24 horas de aviso por escrito para entrarC.R.S. 38-12-503
Condiciones inhabitablesMoho con humedad, las características de la lista y el derecho a un aparato de enfriamiento portátilC.R.S. 38-12-505
Declaraciones obligatorias en el contratoDeclaración de vivienda segura y saludable y la dirección para reportar, ambas en negrita de 12 puntos, la segunda en inglés y en españolC.R.S. 38-12-505
Acuerdo de reparaciones del inquilinoSolo vivienda unifamiliar sin subsidio, mediante un documento aparte firmado, con contraprestación y la capacidad necesariaC.R.S. 38-12-506
Recursos del inquilinoTerminar, terminar si la condición se repite, reparar y descontar, daños, medidas cautelares, defensa afirmativaC.R.S. 38-12-507
RepresaliasCriterio de factor motivador; 3 meses de renta o tres veces los daños reales, lo que sea mayor, más honorariosC.R.S. 38-12-509
Desalojo ilegalDaños reales más la cantidad mayor entre tres veces la renta mensual o cinco mil dólares; se puede devolver la posesiónC.R.S. 38-12-510
Aviso de aumento de renta60 días cuando no hay contrato escritoC.R.S. 38-12-701
Frecuencia de los aumentos de rentaUna vez en cualquier periodo de 12 meses de ocupación continua, sea cual sea la forma del arrendamientoC.R.S. 38-12-702
Cláusulas prohibidas en el contratoOcho tipos, incluidos los honorarios de un solo lado y llamar renta a un cargo que no es renta; nulas y no se pueden hacer cumplirC.R.S. 38-12-801
Copia firmada del contratoAl inquilino a más tardar el 7.º día después de que el inquilino firmó; en papel si la pideC.R.S. 38-12-801
Recibos de pagoEn el momento para pagos en persona en efectivo o con giro postal (money order); en los demás casos, dentro de 7 días si se pideC.R.S. 38-12-802
Aviso sobre el radónAviso por escrito con la advertencia, los resultados conocidos y la mitigación, antes de firmar, con acuse de reciboC.R.S. 38-12-803
Cargos prohibidos al arrendadorNo hay cargos por mantenimiento de áreas comunes, impuestos sobre la propiedad, cumplimiento de la habitabilidad, servicios no prestados ni procesamiento de la rentaC.R.S. 6-1-737
Cargo por solicitud de rentaSolo el costo real o promedio, igual para todos los solicitantes, ninguno si se entrega un informe portátil de verificaciónC.R.S. 38-12-903
Historial de chinches de camaNo se renta una unidad con infestación conocida o sospechada; historial de 8 meses y última inspección sin chinches si se pideC.R.S. 38-12-1005
Causa obligatoria para desalojarMotivos por culpa del inquilino más seis motivos sin culpa, cada uno con 90 días de aviso que indique el fundamento legal y de hechoC.R.S. 38-12-1303
Quién está exento del requisito de causaRentas a corto plazo, propiedad de 1 a 3 unidades ocupada por el propietario, espacios para casas móviles, vivienda del empleador, inquilinos de menos de 12 mesesC.R.S. 38-12-1302
Desalojo sin causaEl inquilino que pierde la posesión sin una orden de la corte obtiene los recursos por desalojo ilegalC.R.S. 38-12-1304
Requerimiento de pago de la renta10 días residencial; 5 días contrato residencial exento; 3 días no residencial o vivienda del empleadorC.R.S. 13-40-104
Aviso de terminación91 / 28 / 21 / 3 / 1 días según la duración del arrendamiento; desde 2024 el arrendador solo puede usarlo en propiedades exentasC.R.S. 13-40-107

Errores comunes en los contratos de arrendamiento de Colorado

  • Escribir “un mes” para la devolución del depósito. El C.R.S. 38-12-103(1) dice treinta días desde el 1 de enero de 2026, y sesenta días es el límite máximo que puede fijar un contrato.
  • Cobrarle al inquilino que se va daños que ya existían. Lo prohíbe la misma subsección, y el C.R.S. 38-12-103(7) anula la cláusula del contrato que lo intente.
  • Cobrar una alfombra nueva completa al desocupar. El C.R.S. 38-12-103(11) exige un daño sustancial e irreparable, y la alfombra que no se reemplazó en los diez años anteriores no se puede tratar como dañada de forma irreparable.
  • Suponer que los daños triples todavía exigen intención. La causa es la retención indebida, y cuatro fallas se consideran indebidas automáticamente.
  • Cobrar un depósito por mascota además de un depósito completo de dos meses. El C.R.S. 38-12-102 lo cuenta para el mismo máximo, sin importar cómo se le llame.
  • Cobrar un cargo por pago atrasado el segundo día. El C.R.S. 38-12-105 no permite ninguno hasta que la renta tenga por lo menos siete días naturales de atraso, y prohíbe desalojar por un cargo por pago atrasado no pagado.
  • Pasar a los residentes el mantenimiento de las áreas comunes. Lo prohíbe el C.R.S. 6-1-737(4) desde el 1 de enero de 2026, junto con los cargos por impuestos sobre la propiedad y por procesar la renta.
  • Omitir las declaraciones de habitabilidad en negrita de doce puntos. Ambas son obligatorias según el C.R.S. 38-12-505(3), y una debe aparecer en inglés y en español.
  • Copiar una cláusula de honorarios de abogado de un solo lado. Es nula según el C.R.S. 38-12-801(3)(a)(II); solo sobrevive una cláusula recíproca a favor de la parte que prevalezca.
  • Llamar “renta” a los cargos por servicios para que apliquen los recursos de desalojo. Es nulo expresamente según el C.R.S. 38-12-801(3)(a)(V).
  • Entregar un aviso de 28 días para terminar un arrendamiento de mes a mes. El C.R.S. 13-40-107(2)(c) fija veintiún días.
  • Depender solo del vencimiento del contrato para terminar un arrendamiento cubierto. El C.R.S. 38-12-1303 exige causa, y cada motivo sin culpa necesita noventa días de aviso que indique el fundamento legal y de hecho.
  • Suponer que el plazo de requerimiento de cinco días aplica automáticamente. Un contrato residencial exento debe decirlo en el contrato; si no, rige el plazo de diez días.
  • Omitir el aviso sobre el radón. El C.R.S. 38-12-803 lo exige antes de firmar, con el acuse de recibo del inquilino.
  • Prohibir un aire acondicionado portátil. El C.R.S. 38-12-505(7) permite una restricción solo por cuatro motivos.

La verificación de inquilinos — la primera línea de defensa

Un contrato bien redactado decide quién gana una disputa; la verificación decide si habrá una. Colorado pone cifras inusualmente altas al cumplimiento del propio arrendador — daños triples por un depósito, tres veces la renta o cinco mil dólares por dejar fuera al inquilino, tres meses de renta por represalias — y desde 2024 también ha hecho más difícil terminar un arrendamiento, lo que aumenta el costo de elegir al inquilino equivocado desde el principio. Colorado también regula la propia etapa de verificación, desde lo que puede cubrir un cargo por solicitud de renta según el C.R.S. 38-12-903 hasta el informe portátil de verificación de inquilinos que el arrendador debe aceptar. Los ingresos comprobables, un buen historial de pagos y la ausencia de demandas de desalojo anteriores siguen siendo los mejores indicadores de un arrendamiento tranquilo. Nuestro informe de verificación de inquilinos cubre crédito, demandas de desalojo presentadas, antecedentes penales e historial de empleo (cuando esté disponible), y nuestra guía de leyes de verificación de inquilinos de Colorado (en inglés) explica lo que el estado le permite considerar. Verifique primero y luego formalice el arrendamiento con este contrato.

En resumen

Colorado nunca adoptó la ley uniforme, así que sus reglas de arrendamiento están en el C.R.S. Title 38, Article 12 y en el Title 13, Article 40 — y han cambiado hace poco. El depósito tiene un límite de dos pagos mensuales de renta, sin importar cómo se le llame al dinero. El depósito se devuelve en treinta días, que el contrato puede ampliar hasta un máximo de sesenta, sin descontar nada por el desgaste normal ni por daños que ya existían antes del arrendamiento, y la retención indebida ahora conlleva daños triples. Los cargos por pago atrasado tienen un límite y no pueden empezar antes de que la renta tenga siete días de atraso. Todo contrato debe llevar dos declaraciones en negrita de doce puntos, una de ellas en inglés y en español. La entrada ordinaria se rige por el contrato porque Colorado no tiene una ley general de entrada, pero las reparaciones de habitabilidad requieren veinticuatro horas de aviso por escrito. Un arrendamiento de mes a mes termina con veintiún días, y para un arrendamiento cubierto el arrendador también necesita causa. Una cláusula de honorarios solo se permite si favorece a la parte que prevalezca.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto puede cobrar un arrendador de Colorado de depósito de seguridad?

No más de dos pagos mensuales de renta. El C.R.S. 38-12-102.5 dispone que, a partir del 7 de agosto de 2023, un arrendador no exigirá a un inquilino entregar un depósito de seguridad mayor que dos pagos mensuales de renta según el contrato de renta. El C.R.S. 38-12-102 define el depósito de seguridad como cualquier anticipo de dinero, sin importar cómo se le llame, cuya función principal sea garantizar el cumplimiento, así que un depósito reembolsable por mascota cuenta para el mismo máximo. La afirmación muy repetida de que el máximo bajó a un mes es falsa; ese cambio se eliminó de la House Bill 25-1249 antes de que se aprobara.

¿Cuánto tiempo tiene un arrendador de Colorado para devolver un depósito de seguridad?

Treinta días. El C.R.S. 38-12-103(1), tal como se reescribió con vigencia desde el 1 de enero de 2026, exige devolverlo dentro de treinta días después de la terminación del contrato o de la entrega de la propiedad, lo que ocurra al último, salvo que el contrato indique un plazo más largo, que no puede pasar de sesenta días. Las páginas que todavía dicen “un mes” citan el texto anterior a 2026, igual que varias copias codificadas del estatuto que no se habían actualizado cuando se verificó esta página.

¿Puede un arrendador de Colorado descontar daños que ya existían antes del arrendamiento?

No. El C.R.S. 38-12-103(1) ahora prohíbe retener cualquier parte del depósito por el desgaste normal o por cualquier daño o condición defectuosa que existía antes del arrendamiento, y los motivos permitidos son una lista cerrada. El C.R.S. 38-12-103(7) además anula cualquier disposición del contrato que le cobre al inquilino un cargo por reparaciones, limpieza u otros trabajos debidos al desgaste normal o a un defecto que ya existía. Un registro del estado de la unidad al mudarse es lo que hace útil esta regla.

¿Cuáles son las sanciones si un arrendador de Colorado retiene un depósito indebidamente?

Tres veces la cantidad retenida indebidamente, más honorarios de abogado razonables y costas judiciales, según el C.R.S. 38-12-103(3). La causa es la retención indebida, no la intencional. El C.R.S. 38-12-103(2.5) considera indebida la retención cuando el arrendador no cumple el plazo, omite las razones exactas, no devuelve el saldo o retiene de mala fe, y el C.R.S. 38-12-103(3.5) presume que una cantidad excede de forma no razonable los daños reales cuando llega al ciento veinticinco por ciento de ellos. El inquilino debe dar por lo menos siete días de aviso de su intención de demandar.

¿Cuánto puede cobrar un arrendador de Colorado por pago atrasado?

La cantidad mayor entre cincuenta dólares o el cinco por ciento del pago de renta vencido, según el C.R.S. 38-12-105, y nada en absoluto hasta que la renta tenga por lo menos siete días naturales de atraso. El cargo debe indicarse en el contrato de renta y cobrarse mediante aviso por escrito dentro de los ciento ochenta días después de la fecha de vencimiento. Solo se puede cobrar un cargo por un solo pago atrasado, no se pueden cobrar intereses sobre él, no se puede descontar de un pago de renta, y el arrendador no puede desalojar ni terminar el arrendamiento porque no se pagó un cargo por pago atrasado.

¿Con cuánto aviso debe entrar un arrendador de Colorado?

Colorado no tiene una ley general de aviso para entrar, así que la entrada ordinaria se rige completamente por el contrato. Hay una excepción legal: según el C.R.S. 38-12-503, el arrendador debe dar aviso por escrito por lo menos veinticuatro horas antes de entrar para inspeccionar o corregir una condición que el inquilino reportó como inhabitable, salvo que haya una amenaza inminente para la vida, la salud o la seguridad. Las entradas repetidas sin aviso también pueden violar la garantía de uso pacífico, a la que un contrato de Colorado no puede renunciar.

¿Exige Colorado una causa para desalojar a un inquilino?

Sí, para los arrendamientos residenciales cubiertos, desde que la House Bill 24-1098 entró en vigor el 19 de abril de 2024. El C.R.S. 38-12-1303 enumera motivos por culpa del inquilino por referencia al C.R.S. 13-40-104(1) y seis motivos sin culpa, cada uno con noventa días de aviso por escrito que indique el fundamento legal y de hecho. El C.R.S. 38-12-1302 exenta las rentas a corto plazo, las propiedades unifamiliares, dúplex y tríplex ocupadas por el propietario, los espacios para casas móviles, la vivienda proporcionada por el empleador y a cualquier inquilino de menos de doce meses, así que un arrendador pequeño que vive en la propiedad muchas veces queda fuera del requisito.

¿Con cuánto aviso termina un arrendamiento de mes a mes en Colorado?

Veintiún días. El C.R.S. 13-40-107(2)(c) fija por lo menos veintiún días para un arrendamiento de un mes o más pero menos de seis meses, que es el caso habitual de mes a mes. Veintiocho días corresponden a un arrendamiento de seis meses o más pero menos de un año, y noventa y un días a un arrendamiento de un año o más. Para un arrendamiento residencial cubierto, el arrendador también necesita causa según el C.R.S. 38-12-1303, así que el aviso por sí solo ya no lo termina.

¿Qué debe decir un contrato de Colorado sobre la habitabilidad?

Dos declaraciones separadas, ambas en letra negrita de por lo menos doce puntos, en todo contrato de renta celebrado a partir del 1 de enero de 2025. El C.R.S. 38-12-505(3)(c) exige una declaración de que todo inquilino tiene derecho a una vivienda segura y saludable según la garantía de habitabilidad de Colorado y de que se prohíben las represalias por reportar condiciones inseguras o pedir reparaciones. El C.R.S. 38-12-505(3)(d) exige una declaración, en inglés y en español, con una dirección postal y un correo electrónico o portal en línea para inquilinos para entregar un aviso escrito de una condición inhabitable.

¿Qué cláusulas del contrato son nulas en Colorado?

El C.R.S. 38-12-801(3)(a) anula ocho tipos: una cláusula de penalidad relacionada con un desalojo; una cláusula de honorarios de un solo lado; una renuncia a un juicio con jurado, a una demanda colectiva, a la garantía de buena fe o a la garantía de uso pacífico, o a la mediación obligatoria; una penalidad por no renovar mayor que las pérdidas reales; una cláusula que califique como renta un cargo que no es renta para que apliquen los recursos de desalojo; un recargo por un servicio de un tercero de más del dos por ciento o de diez dólares al mes; una demanda de posesión basada solo en la falta de pago de servicios públicos en un programa de vales; y una cláusula para recuperar los costos de la mediación. La subsección (3)(b) hace cada una nula y sin posibilidad de hacerse cumplir.

¿Puede un contrato de Colorado obligar al inquilino a pagar los honorarios de abogado del arrendador?

No de forma unilateral. El C.R.S. 38-12-801(3)(a)(II) prohíbe una cláusula de honorarios de un solo lado que otorgue honorarios de abogado y costas judiciales solo a una parte, y exige que cualquier cláusula de honorarios los otorgue a la parte que prevalezca en una disputa judicial sobre el contrato de renta, la propiedad residencial o la unidad de vivienda, después de que la corte determine que esa parte prevaleció y que los honorarios son razonables. Colorado impone la reciprocidad en lugar de conceder una excepción a una prohibición.

¿Qué cargos ya no puede cobrar un arrendador de Colorado?

Desde el 1 de enero de 2026, el C.R.S. 6-1-737(4) prohíbe al arrendador exigir que el inquilino pague un cargo por el mantenimiento de las áreas comunes, un cargo relacionado con el pago de los impuestos sobre la propiedad, un cargo por un bien o servicio necesario para cumplir las propias obligaciones del arrendador, incluida la habitabilidad según el C.R.S. 38-12-503, un cargo por un bien o servicio que en realidad no se presta, un cargo por procesar la renta cuando no hay una forma de pago sin costo razonablemente accesible, o un cargo que aumente más del dos por ciento durante un contrato de renta de un año o menos.

¿Necesita un contrato de Colorado un aviso sobre el radón?

Sí. El C.R.S. 38-12-803 exige que el arrendador entregue al inquilino un aviso por escrito sobre el radón antes de firmar el contrato, con la advertencia legal sobre el radón elevado y la disponibilidad de la mitigación, cualquier resultado de pruebas y concentraciones conocidas de la propiedad, una descripción de cualquier radón detectado o remediación realizada, e información sobre cualquier sistema de mitigación de radón instalado, y el inquilino firma un acuse de recibo.

¿Puede un arrendador de Colorado prohibir un aire acondicionado portátil?

Solo por cuatro motivos. El C.R.S. 38-12-505(7) dispone que un arrendador no prohibirá ni restringirá que un inquilino instale o use un aparato de enfriamiento portátil, excepto cuando violaría los códigos de construcción o la ley estatal o federal, violaría las instrucciones de seguridad por escrito del fabricante, dañaría la propiedad o la haría inhabitable, o excedería la capacidad eléctrica de la propiedad, de la unidad de vivienda o del circuito. Un arrendador que lo restringe por motivos de capacidad debe dar prioridad a las solicitudes de adaptación por discapacidad e informar la restricción por escrito.

¿Qué pasa si un arrendador de Colorado cambia las cerraduras o corta los servicios?

El C.R.S. 38-12-510 hace ilegal sacar o excluir a un inquilino sin un proceso judicial, y da como ejemplos cortar intencionalmente los servicios públicos y quitar intencionalmente puertas, ventanas o cerraduras. Los daños legales son los daños reales del inquilino más la cantidad mayor entre tres veces la renta mensual o cinco mil dólares, con honorarios de abogado y costas, y la corte puede ordenar que se devuelva la posesión. Los mismos recursos aplican cuando un arrendador desaloja violando el requisito de causa.

Verifique al solicitante antes de firmar el contrato

La regla de daños triples por el depósito y el requisito de causa para desalojar de Colorado aumentan el costo de elegir al inquilino equivocado. Tenant Screening Background Check verifica a inquilinos de Colorado desde 2004 — crédito, demandas de desalojo presentadas, antecedentes penales e historial de empleo, cuando esté disponible, en los cincuenta estados y D.C., sin cuotas mensuales. El informe de verificación se entrega en inglés.

Formularios y guías de Colorado relacionados (en inglés)

Tenant Screening Background Check

Publicado por Tenant Screening Background Check

Fundada en 2004 · Más de 20 años · Todos los estados y territorios de EE. UU. · Basado en la ley

Un servicio de Private Eye Reports™ en el que confían arrendadores, administradores de propiedades y abogados.

Aviso legal: Este generador de contratos de arrendamiento residencial de Colorado se ofrece solo con fines informativos generales y no es asesoría legal. La ley de arrendadores e inquilinos de Colorado ha cambiado de forma importante en cada sesión legislativa reciente, y dos leyes que afectan esta página entraron en vigor el 1 de enero de 2026, así que copias codificadas muy usadas todavía pueden mostrar texto ya reemplazado. Una cláusula nula, un depósito por encima del máximo legal o una declaración detallada entregada después de los treinta días pueden costarle al arrendador daños triples más honorarios de abogado. La ley estatal cambia. El PDF se imprime en español y en inglés; si hay alguna diferencia entre las dos versiones, prevalece la versión en inglés. Vea esta misma página en inglés: Colorado Residential Lease Agreement (en inglés). Lea las leyes y leyes de sesión vigentes en la Colorado General Assembly (en inglés). Consulte a un abogado de Colorado con experiencia en arrendamientos antes de firmar o hacer cumplir un contrato.