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Reporte de pagos de renta al buró de crédito: guía para arrendadores
Cómo se reportan los pagos de renta a las agencias de crédito, a cuáles llegan, qué obligaciones tiene usted si los reporta, cuándo necesita la firma del inquilino y qué exigen California y Maryland.
Respuesta corta: la renta no aparece sola en el crédito: alguien tiene que reportarla, casi siempre un servicio de reporte de renta. En California (Código Civil § 1954.07) y en Maryland desde el 1 de octubre de 2026, muchos arrendadores deben ofrecer ese reporte. Si usted reporta datos, debe cumplir las reglas de exactitud y disputas de la FCRA.
En esta guía
- ¿Qué es el reporte de pagos de renta?
- ¿A qué agencias llega la renta reportada?
- ¿La renta cuenta en el puntaje de crédito?
- ¿Cómo se reportan los pagos de renta? Tres caminos
- Solo pagos a tiempo o también atrasos
- Si usted reporta: sus obligaciones bajo la FCRA
- ¿Necesita el permiso del inquilino?
- California: la ley AB 2747
- Maryland: la ley de 2026
- ¿Le conviene al arrendador?
- Cómo empezar: lista de pasos
- Cómo leer una cuenta de renta al evaluar a un solicitante
- ¿Qué muestra nuestro informe?
- Preguntas frecuentes
¿Qué es el reporte de pagos de renta?
El reporte de pagos de renta (en inglés, rent reporting) es el envío de los pagos mensuales de renta de un inquilino a una o más agencias de informes de crédito, para que aparezcan en su historial como una cuenta más, igual que un préstamo o una tarjeta. La renta no llega sola al reporte de crédito: tiene que enviarla alguien, ya sea el arrendador, la empresa que administra la propiedad o un servicio contratado por el arrendador o por el propio inquilino.
Por eso casi ningún inquilino tiene la renta en su crédito. Un informe de la Oficina para la Protección Financiera del Consumidor (CFPB) de noviembre de 2022 estima que solo entre el 1.7% y el 2.3% de los inquilinos tienen pagos de renta registrados en su archivo de crédito. Freddie Mac lo resume en su guía para inquilinos: los pagos de renta no se toman en cuenta automáticamente en el puntaje de crédito.
Para el arrendador, el tema tiene dos caras:
- Como quien cobra la renta: puede ofrecer el reporte a sus inquilinos (en algunos estados, está obligado a ofrecerlo) y, si reporta datos, asume obligaciones legales de exactitud.
- Como quien evalúa solicitantes: cada vez más reportes de crédito traen una cuenta de renta, y hay que saber qué dice y qué no dice.
Esta guía cubre las dos. No confunda el reporte de pagos con el historial de renta que usted confirma llamando a los arrendadores anteriores del solicitante; eso lo explicamos en cómo verificar el historial de renta de un solicitante.
¿A qué agencias llega la renta reportada?
Depende del camino. Las tres agencias nacionales de informes de crédito, Equifax, Experian y TransUnion, usan la información de pagos de renta y las cobranzas relacionadas en sus reportes, aunque la CFPB advierte que cada una la maneja de forma distinta. Un servicio de reporte puede enviar los datos a una, a dos o a las tres; por eso Freddie Mac recomienda preguntar a cuáles reporta antes de contratarlo.
| Camino | Adónde llegan los datos | Qué conviene saber |
|---|---|---|
| Experian RentBureau | Solo al reporte de crédito de Experian | Experian indica que los pagos positivos que recibe RentBureau no se envían a TransUnion ni a Equifax, así que solo cuentan en los puntajes calculados con datos de Experian. |
| Servicio de reporte de renta contratado por el arrendador | A una, dos o las tres agencias, según el servicio | Pregunte a cuáles reporta, cuánto cuesta, si reporta atrasos y quién atiende las disputas. |
| Servicio o aplicación contratada por el inquilino | Según el servicio; algunos verifican el pago con la cuenta bancaria del inquilino | El inquilino se inscribe por su cuenta; usted a veces recibe una solicitud para confirmar los pagos. |
| Agencias especializadas en inquilinos | Un archivo de historial de renta aparte del reporte de crédito | Experian nombra a LexisNexis y SafeRent Solutions como otras empresas importantes de historial de renta. |
Para un arrendador de California, el detalle importa: la ley exige que el reporte que ofrece llegue a por lo menos una agencia nacional (o a otra agencia que revenda o envíe los datos a una agencia nacional). Lo vemos en la sección de California.
¿La renta cuenta en el puntaje de crédito?
Solo si el modelo de puntaje la toma en cuenta y si el puntaje se calcula con el reporte de la agencia que recibió los datos. Lo que dicen las fuentes oficiales:
- FICO: myFICO explica que en el FICO Score 9 “el historial de renta, cuando se reporta, se toma en cuenta en el puntaje”, algo que puede ayudar sobre todo a quien tiene poco historial de crédito. Cada prestamista decide qué versión del FICO usa, y muchos usan versiones anteriores.
- VantageScore: VantageScore indica que, cuando la renta se reporta a las tres agencias nacionales, todos sus modelos usan los pagos de renta y de servicios en el cálculo.
- Experian: aclara que el efecto depende del modelo que use el prestamista y de si el puntaje se calcula con datos de su reporte.
La consecuencia práctica: dos puntajes del mismo inquilino pueden reflejar la renta de forma muy distinta. No prometa a sus inquilinos que el reporte les subirá el puntaje una cantidad concreta. Para entender las diferencias entre modelos, vea FICO vs. VantageScore.
¿Cómo se reportan los pagos de renta? Tres caminos
1. Un servicio de reporte que usted contrata
Es el camino más común para un arrendador. Muchas plataformas de cobro de renta y programas de administración de propiedades ofrecen el reporte como una función opcional: el inquilino paga por la plataforma, la plataforma sabe si pagó a tiempo y el servicio envía el dato a la agencia cada mes. Freddie Mac señala que algunos programas los paga el arrendador y no cobran nada al inquilino. Explicamos el cobro en línea en nuestra guía cómo cobrar la renta en línea (en inglés).
2. El inquilino se inscribe por su cuenta
Si usted no ofrece el reporte, el inquilino puede inscribirse en un servicio que confirma sus pagos con su cuenta bancaria o pidiéndole a usted una verificación. Experian también ofrece Experian Boost, una función gratuita que agrega al reporte de Experian ciertos pagos de renta hechos en línea. En este camino, usted no reporta nada; como mucho, confirma pagos si el inquilino se lo pide. Responda con datos exactos y por escrito.
3. Usted reporta directamente a una agencia
Algunos arrendadores y administradores con muchas unidades envían los datos por su cuenta, con un acuerdo con la agencia. En ese caso usted es quien proporciona la información (en inglés, furnisher) y le aplican todas las obligaciones de la sección siguiente. Experian indica que un arrendador puede enviar datos a RentBureau directamente o por medio de un servicio que trabaje con RentBureau.
¿Quién es el “furnisher” si usa un servicio? La regla federal define como furnisher a quien envía información de consumidores a una o más agencias para que se incluya en un reporte (12 C.F.R. § 1022.41(c)). Cuando usa un servicio, normalmente es el servicio el que envía los datos a la agencia, pero usted sigue siendo la fuente de esos datos. Lea el contrato: debe decir quién envía los datos, quién corrige los errores y quién responde las disputas.
¿Solo pagos a tiempo, o también los atrasos?
Hay dos tipos de reporte, y conviene saber cuál ofrece:
- Solo pagos positivos: se reportan los pagos completos y a tiempo; un atraso simplemente no se envía. Es lo que exigen ofrecer las leyes de California y Maryland: las dos definen “información positiva de pagos de renta” como los pagos completos y puntuales, y excluyen de forma expresa los casos en que el inquilino no pagó completo o a tiempo.
- Reporte completo: se reportan todos los pagos, también los atrasados o los que faltan. Algunos servicios lo ofrecen, y en California la ley de viviendas con asistencia (§ 1954.06) permite reportar todos los pagos si la elección del inquilino lo dice de forma expresa.
Freddie Mac recomienda a los inquilinos preguntar cómo se manejan los pagos atrasados antes de inscribirse. Si usted ofrece un reporte completo, explíquelo por escrito y con claridad: un atraso de un mes puede quedar en el historial del inquilino.
La renta que quedó sin pagar al final de un contrato es otra cosa: si el arrendador la envía a una agencia de cobranza, puede aparecer como una cuenta en cobranza. Lo explicamos en cuentas canceladas y en cobranza. Un desalojo tampoco es una cuenta de crédito: es un caso en la corte y aparece en los registros públicos.
Si usted reporta: sus obligaciones bajo la FCRA
La Ley de Informe Justo de Crédito (FCRA) no solo regula a las agencias y a quien pide reportes; también a quien les envía datos. Si usted reporta pagos de renta directamente, estas reglas de la sección 1681s-2 del título 15 le aplican a usted (15 U.S.C. § 1681s-2):
| Obligación | Qué dice la ley | En la práctica |
|---|---|---|
| No reportar datos que sabe que son inexactos | No puede enviar información si sabe o tiene causa razonable para creer que es inexacta (§ 1681s-2(a)(1)(A)) | Concilie su registro de pagos antes de cada envío. |
| Corregir y actualizar | Si reporta con regularidad y descubre que un dato no es completo o exacto, debe avisar pronto a la agencia y enviar la corrección (§ 1681s-2(a)(2)) | Un pago mal registrado se corrige con la agencia, no solo en su sistema. |
| Marcar las disputas | Si el inquilino le disputa la exactitud de un dato, no puede seguir reportándolo sin avisar que está disputado (§ 1681s-2(a)(3)) | Tenga un procedimiento para registrar la disputa el mismo día que la recibe. |
| Fecha de la morosidad | Si reporta una deuda enviada a cobranza o cancelada, debe informar el mes y el año en que empezó el atraso dentro de los 90 días (§ 1681s-2(a)(5)) | Solo aplica si reporta deudas en cobranza. |
| Robo de identidad | Debe tener procedimientos para no volver a reportar datos bloqueados por robo de identidad (§ 1681s-2(a)(6)) | Si una agencia le avisa de un bloqueo, no reenvíe ese dato. |
| Disputas directas | Debe investigar ciertas disputas que el inquilino le presenta a usted y responder dentro del plazo que tendría la agencia (§ 1681s-2(a)(8); 12 C.F.R. § 1022.43) | Indique por escrito una dirección para disputas. |
| Disputas enviadas por la agencia | Debe investigar, revisar lo que envió la agencia, informar el resultado y corregir, borrar o bloquear el dato si es inexacto o no se puede verificar (§ 1681s-2(b)) | La agencia en general tiene 30 días; usted debe terminar antes de que venza ese plazo. |
| Políticas por escrito | Quien envía datos debe tener políticas y procedimientos escritos y razonables sobre la exactitud e integridad de lo que reporta (12 C.F.R. § 1022.42) | Un documento corto, adecuado a su tamaño, que diga cómo registra, revisa y corrige. |
Tres precisiones de la ley:
- “Causa razonable para creer” significa tener un conocimiento concreto, que no sea solo lo que alega el consumidor, que haría dudar seriamente a una persona razonable (§ 1681s-2(a)(1)(D)).
- El aviso de información negativa de la sección 1681s-2(a)(7) se aplica a las instituciones financieras que dan crédito y reportan información negativa, como atrasos, a una agencia nacional. Un arrendador normalmente no encaja en esa definición, pero si su empresa también da crédito, consulte a un abogado.
- Quién hace cumplir cada regla. Las obligaciones de la subsección (a) no dan al consumidor una demanda privada: las hacen cumplir las agencias federales y los funcionarios estatales que nombra la sección 1681s (§ 1681s-2(c) y (d)). Las de la subsección (b), las disputas que le envía la agencia, no tienen esa limitación. Sobre las multas y demandas, vea multas y demandas por violar la FCRA.
Si usa un servicio de reporte, parte de estas tareas la hace el servicio, pero la exactitud empieza en sus registros: si su sistema marca como atrasado un pago que llegó a tiempo, el error viaja a la agencia.
¿Necesita el permiso del inquilino para reportar sus pagos?
La FCRA no tiene una regla que exija el consentimiento del inquilino para que quien le envía datos a una agencia los reporte; lo que exige es que los datos sean exactos. Pero hay tres razones para pedirlo siempre por escrito:
- Las leyes estatales del reporte positivo son opcionales para el inquilino. En California y en Maryland, el reporte que el arrendador debe ofrecer empieza solo cuando el inquilino firma y fecha su elección, y el inquilino puede dejarlo cuando quiera.
- Los servicios lo piden. Muchos servicios de reporte exigen que el inquilino se inscriba o acepte los términos.
- Evita disputas. Un inquilino que no sabía que se reportaban sus pagos es el que más disputa un atraso.
Ofrezca el reporte a todos sus inquilinos en las mismas condiciones y con el mismo costo. La Ley de Vivienda Justa prohíbe tratar distinto a un inquilino en los términos o servicios de la vivienda por su raza, color, religión, sexo, discapacidad, estado familiar u origen nacional (42 U.S.C. § 3604(b) y (f)(2)). Si ofrece el reporte en español, que el documento en español diga lo mismo que el de inglés.
Este consentimiento es otra cosa que la autorización del solicitante para revisar su crédito antes de rentarle, que explicamos en propósito permisible.
California: la ley AB 2747 (Código Civil § 1954.07)
Desde el 1 de enero de 2025, la ley de California exige que el arrendador de una vivienda ofrezca a cada inquilino obligado en el contrato la opción de que sus pagos positivos de renta se reporten a por lo menos una agencia nacional de informes de los consumidores, o a otra agencia que revenda o envíe esos datos a una agencia nacional (Código Civil de California § 1954.07(a)). Varias páginas en internet dicen que la ley obliga a reportar la renta; no es así: obliga a ofrecer el reporte, y el inquilino decide.
¿Cuándo hay que hacer la oferta?
- Contratos firmados desde el 1 de abril de 2025: al firmar el contrato y por lo menos una vez al año después (§ 1954.07(b)).
- Contratos vigentes al 1 de enero de 2025: a más tardar el 1 de abril de 2025 y por lo menos una vez al año después.
- Cómo se entrega: por correo de primera clase o por correo electrónico (§ 1954.07(c)). Si la envía por correo, debe incluir un sobre con franqueo pagado y su dirección para que el inquilino le devuelva la elección (§ 1954.07(e)).
¿Qué debe decir la oferta?
La oferta debe incluir una elección por escrito que contenga los ocho elementos del § 1954.07(d):
- Que el reporte es opcional.
- Cada agencia a la que se reportarán los pagos.
- El monto de cualquier cargo.
- Cómo devolver la elección al arrendador por correo o por correo electrónico.
- Que el inquilino puede aceptar en cualquier momento después de la primera oferta.
- Que puede dejar el reporte cuando quiera, pero que después no podrá volver a pedirlo durante por lo menos seis meses.
- Cómo pedir que se deje de reportar.
- Un espacio para que el inquilino firme y ponga la fecha si acepta.
El inquilino puede entregar la elección en cualquier momento después de recibir la oferta y pedir copias adicionales, y el arrendador debe dárselas (§ 1954.07(f)).
¿Puede cobrarle al inquilino?
- Límite: lo que sea menor entre el costo real que le cuesta a usted el servicio y $10 al mes. Si a usted no le cuesta nada, no puede cobrar nada (§ 1954.07(g)(1)).
- El cargo no se reporta: ni el pago ni la falta de pago del cargo se pueden enviar a una agencia.
- La renta no paga el cargo: un pago de renta no se puede aplicar al cargo, aunque el inquilino lo marque así (§ 1954.07(g)(2)).
- Si no paga el cargo: no es causa para terminar el contrato ni se descuenta del depósito; si pasan 30 días o más sin pagarlo, usted puede dejar de reportar, y el inquilino no puede volver a elegir el reporte durante seis meses desde que venció el cargo (§ 1954.07(h)).
¿Quién está exento?
La ley no se aplica (§ 1954.07(j)):
- Al arrendador de un edificio residencial de 15 unidades o menos, salvo que se cumplan las dos condiciones a la vez: que el arrendador sea dueño de más de un edificio residencial en renta, de cualquier tamaño, y que sea un fideicomiso de inversión inmobiliaria (REIT), una corporación o una LLC con por lo menos un miembro que sea una corporación.
- A los desarrollos de vivienda con asistencia (assisted housing developments), que tienen su propia regla, en el § 1954.06.
Algunas páginas dicen que basta con tener “varias propiedades pequeñas” para quedar cubierto. No es así: para perder la exención hacen falta más de un edificio y uno de esos tipos de dueño.
Ejemplos (California):
- Rosa es dueña, a su nombre, de un edificio de 12 departamentos. Exenta: 15 unidades o menos y no es una corporación.
- Una LLC con tres socios que son personas tiene tres edificios de 10 unidades. Exenta: aunque tiene más de un edificio, ninguno de sus miembros es una corporación.
- Una corporación tiene dos edificios de 8 unidades. Cubierta: más de un edificio y el dueño es una corporación.
- Luis es dueño de un edificio de 24 unidades. Cubierto: el edificio tiene más de 15 unidades.
El cargo: si el servicio le cuesta a Luis $4.50 por inquilino al mes, puede cobrar hasta $4.50; si le cuesta $14, el máximo es $10; si su plataforma lo incluye sin costo, $0.
Otras reglas de California
- Reparar y descontar: si el inquilino descuenta o retiene la renta como lo permiten las secciones 1941 a 1942 (reparaciones), eso no cuenta como un pago atrasado; el inquilino debe avisarle antes de la fecha de pago (§ 1954.07(k)).
- Solo pagos positivos: la ley define la información positiva como los pagos completos y a tiempo, y excluye los que no lo fueron (§ 1954.07(l)).
- Vivienda con asistencia (§ 1954.06): desde el 1 de julio de 2021, el arrendador de un desarrollo de vivienda con asistencia debe ofrecer el reporte, con reglas parecidas. Desde 2025, “arrendador” significa, para esa sección, el dueño de una propiedad residencial de cinco unidades o más, y la elección puede decir que se reportarán todos los pagos, a tiempo, atrasados o no hechos (Código Civil § 1954.06).
Si renta en California, vea también nuestro contrato de arrendamiento de California.
Maryland: la ley de 2026 (Real Property § 8-208.4)
Maryland aprobó en 2026 la ley HB 315 (capítulo 772, firmada el 26 de mayo de 2026), que entra en vigor el 1 de octubre de 2026 y agrega la sección 8-208.4 al artículo de Bienes Raíces (HB 315, Asamblea General de Maryland). Sus puntos principales:
- A quién se aplica: al arrendador que es dueño de seis o más unidades residenciales en renta en el estado.
- Qué exige: incluir en el contrato escrito la opción de que los pagos positivos de renta se reporten a por lo menos una agencia de informes de los consumidores.
- Cuándo: en los contratos firmados desde el 1 de octubre de 2026, al firmar y por lo menos una vez al año; en los contratos anteriores, a más tardar el 1 de enero de 2027 y luego una vez al año.
- Cómo se entrega la oferta en los contratos firmados antes del 1 de octubre de 2026: por correo de primera clase con certificado de envío, por un servicio de entrega con rastreo y confirmación, o por medio electrónico si el inquilino eligió recibir avisos así. En los contratos nuevos, la opción va en el propio contrato escrito.
- Contenido: en la forma que fije el Departamento de Vivienda y Desarrollo Comunitario por reglamento, con los mismos ocho elementos que en California (opcional, agencias, cargo, cómo aceptar, que puede aceptar después, que puede dejarlo con seis meses de espera, cómo dejarlo y espacio para firmar).
- Cargo: lo que sea menor entre el costo real y $10 al mes; el pago o la falta de pago del cargo no se reporta, y el cargo no es renta ni se aplica a la renta.
- Si no paga el cargo 30 días o más: puede dejar de reportar, y el inquilino no puede volver a elegirlo durante por lo menos seis meses.
La misma ley prohíbe, desde la misma fecha, que un arrendador que usa información financiera, como el historial de crédito, rechace a un solicitante que paga con un subsidio de vivienda basado en ingresos por su ingreso, por su puntaje o por no tener puntaje, salvo lo que permita la ley federal. Sí puede exigir que el ingreso del solicitante alcance para la parte de la renta que no cubre el subsidio, con una proporción equivalente a la que usa con los demás solicitantes (State Gov. § 20-705.1(e)). Hablamos de esto en deudas médicas y la evaluación de inquilinos, en la parte de crédito y vivienda justa. El reglamento de la agencia de vivienda de Maryland puede fijar un formulario; confírmelo antes de enviar su primera oferta. Vea también nuestro contrato de arrendamiento de Maryland.
¿Y los demás estados? Estas son las dos leyes estatales que verificamos que obligan a ofrecer el reporte. Otros estados y ciudades tienen o estudian programas; revise la ley de su estado antes de decidir.
¿Le conviene al arrendador ofrecer el reporte de renta?
| A favor | En contra o con cuidado |
|---|---|
| Es un beneficio que algunos inquilinos valoran, sobre todo quienes tienen poco crédito. | Si usted reporta directamente, asume las obligaciones de exactitud y disputas de la FCRA. |
| Da al inquilino un motivo más para pagar a tiempo. | Un error en su sistema de cobro se convierte en un error en el crédito de otra persona. |
| En California y Maryland, ofrecerlo no es opcional para muchos arrendadores. | El cargo está limitado ($10 al mes o el costo real) y no se puede cobrar de la renta ni del depósito. |
| Muchas plataformas de cobro lo incluyen sin costo extra. | Un reporte completo (con atrasos) puede generar más disputas y quejas. |
Ofrecer el reporte no reemplaza una buena selección. Un reporte de renta muestra cómo paga un inquilino que ya vive en su propiedad; no le dice nada de un solicitante antes de mudarse.
Cómo empezar a reportar los pagos de renta: lista de pasos
- Revise la ley de su estado. En California y Maryland, confirme si está cubierto y cuándo debe hacer la oferta.
- Elija el camino. Un servicio integrado con su cobro de renta es lo más simple; reportar directo exige un acuerdo con la agencia y todas las obligaciones de quien envía datos.
- Pregunte al servicio: a qué agencias reporta, si reporta solo pagos a tiempo o también atrasos, cuánto cuesta y quién lo paga, quién atiende las disputas y cómo se cancela.
- Prepare la oferta y la elección por escrito, con todos los elementos que exige su estado, en inglés y, si le ayuda, en español.
- Registre los pagos con exactitud: fecha de pago, monto, pagos parciales y descuentos permitidos por la ley.
- Escriba su procedimiento de disputas y una dirección para recibirlas.
- Repita la oferta cada año donde la ley lo exige, y cumpla las solicitudes de dejar de reportar.
Cómo leer una cuenta de renta al evaluar a un solicitante
Si el solicitante tiene pagos de renta reportados, pueden aparecer en su reporte de crédito como una cuenta más, con el nombre del servicio o del administrador, la fecha de apertura, el monto mensual y la cuadrícula de pagos mes a mes. Cómo leerla:
- Mire qué tipo de reporte es. Si el servicio solo reporta pagos a tiempo, una cuenta sin atrasos no prueba que nunca se atrasó: los atrasos no se envían.
- Compare con la historia del solicitante. La dirección, las fechas y el monto deben coincidir con lo que dice la solicitud.
- No la confunda con una referencia. Una cuenta de renta en el crédito no es la opinión del arrendador anterior sobre daños, quejas o avisos. Para eso, llame usted a los arrendadores anteriores: vea cómo verificar el historial de renta.
- No castigue que no exista. Como muy pocos inquilinos tienen la renta reportada, la falta de una cuenta de renta no dice nada negativo. Aplique el mismo criterio a todos.
- Busque las cobranzas de vivienda. Una deuda con un arrendador anterior enviada a cobranza sí es una señal importante; vea cuentas en cobranza y, para leer todo el reporte, cómo leer el reporte de crédito de un inquilino.
Caso — Andrea. Su reporte muestra una cuenta de un servicio de reporte de renta abierta hace 18 meses, con $1,450 mensuales y todos los pagos a tiempo, y tiene pocas cuentas de crédito. La cuenta confirma que ha pagado esa renta de forma constante, algo útil para un historial delgado. Pero el servicio solo reporta pagos a tiempo, así que usted igual llama al arrendador actual y verifica los ingresos con documentos, como con cualquier otro solicitante.
¿Qué muestra nuestro informe?
Nuestra verificación de inquilinos incluye un informe de crédito con puntaje FICO, con datos de TransUnion, Experian y Equifax y las cuentas del solicitante que reportan los acreedores; si un arrendador o un servicio reportó sus pagos de renta a la agencia, esa cuenta puede aparecer como cualquier otra. Nuestra consulta de crédito es una consulta suave: no baja el puntaje del solicitante. Cada informe lo revisa un investigador antes de la entrega, y los resultados llegan el mismo día.
El informe incluye además antecedentes penales; registros públicos (bancarrotas, fallos civiles, gravámenes fiscales federales y estatales, gravámenes por sentencia, desalojos y disputas entre arrendador e inquilino); registro de delincuentes sexuales; verificación del número de Seguro Social; historial de domicilios y miembros del hogar; el historial de empleo cuando está disponible (no aparece en todos los informes); propiedad de bienes raíces, registros del DMV y vínculos con empresas o LLC; parientes y asociados conocidos; y una búsqueda en la lista de sanciones de la OFAC.
Lo que el informe no incluye: verificación de ingresos, referencias de arrendadores ni un historial de renta verificado con arrendadores anteriores. Una cuenta de renta en el crédito, si existe, no reemplaza la llamada que usted hace al arrendador anterior.
Para el informe que incluye crédito, se requiere la autorización firmada del solicitante. El informe solo de antecedentes, sin crédito, no necesita firma. El informe lo puede pagar usted o el propio solicitante.
Preguntas frecuentes sobre el reporte de pagos de renta
¿Cómo se reporta el pago de la renta al crédito?
Por medio de un servicio de reporte de renta que envía los pagos a una o más agencias de crédito. Lo puede contratar el arrendador, muchas veces dentro de su plataforma de cobro, o el propio inquilino. Un arrendador también puede reportar directamente con un acuerdo con la agencia, y entonces asume las obligaciones de la FCRA.
¿El arrendador está obligado a reportar la renta?
En general, no. Pero en California (Código Civil § 1954.07) muchos arrendadores deben ofrecer a sus inquilinos la opción de reportar sus pagos positivos, y en Maryland lo mismo se aplica desde el 1 de octubre de 2026 a quien es dueño de seis o más unidades. La ley obliga a ofrecerlo; el inquilino decide si lo acepta.
¿Qué arrendadores de California están exentos de la ley AB 2747?
El dueño de un edificio de 15 unidades o menos, salvo que tenga más de un edificio en renta y además sea un REIT, una corporación o una LLC con un miembro que sea una corporación. También están exentos los desarrollos de vivienda con asistencia, que siguen el § 1954.06.
¿Cuánto puede cobrar el arrendador por reportar la renta?
En California y Maryland, lo que sea menor entre su costo real y $10 al mes; si no le cuesta nada, no puede cobrar nada. El cargo no se puede tomar de la renta, y su pago o falta de pago no se reporta. En California, si no se paga, tampoco es causa de desalojo ni se descuenta del depósito.
¿Necesito el permiso del inquilino para reportar sus pagos?
La FCRA no tiene una regla que lo exija, pero en California y Maryland el reporte que se debe ofrecer empieza solo cuando el inquilino firma su elección, y muchos servicios piden su inscripción. Pídalo siempre por escrito y ofrezca el reporte a todos en las mismas condiciones.
¿A qué agencias de crédito llegan los pagos de renta?
Depende del servicio: puede reportar a Equifax, Experian, TransUnion o a varias. Experian indica que los pagos positivos que recibe su RentBureau solo aparecen en el reporte de Experian. Pregunte al servicio a cuáles reporta antes de contratarlo.
¿El reporte de renta sube el puntaje de crédito?
Puede ayudar, pero depende del modelo. myFICO indica que el FICO Score 9 toma en cuenta la renta cuando se reporta, y VantageScore dice que todos sus modelos la usan cuando se reporta a las tres agencias nacionales. Otras versiones pueden no usarla, y el efecto varía según el historial de cada persona.
¿Qué obligaciones tengo si reporto los pagos yo mismo?
No reportar datos que sabe que son inexactos, corregir y actualizar lo que envió, marcar los datos que el inquilino disputa, investigar las disputas que le lleguen directamente o por la agencia dentro del plazo de la ley y tener políticas escritas sobre la exactitud de lo que reporta (15 U.S.C. § 1681s-2; 12 C.F.R. §§ 1022.42 y 1022.43).
¿Una cuenta de renta en el reporte reemplaza llamar al arrendador anterior?
No. Muestra pagos, y si el servicio solo reporta pagos a tiempo, no muestra los atrasos. No dice nada sobre daños, quejas o avisos. Llame usted a los arrendadores anteriores y aplique el mismo proceso a todos los solicitantes.
Consulta suave • Revisado por un investigador • Resultados el mismo día
El informe de verificación se entrega en inglés.
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Fuentes
- Código Civil de California, § 1954.07 (AB 2747, Stats. 2024, cap. 279) y § 1954.06 (reformado por SB 924, Stats. 2024, cap. 519).
- Maryland, HB 315 (2026), capítulo 772: Real Property § 8-208.4 y State Government § 20-705.1, en vigor el 1 de octubre de 2026.
- 15 U.S.C. § 1681s-2, en el Instituto de Información Legal de la Universidad Cornell; 12 C.F.R. § 1022.41, § 1022.42 y § 1022.43 (Regulación V); 42 U.S.C. § 3604.
- CFPB, “Obtener respuestas” n.º 1815 (si pagar tarde la renta afecta el puntaje de crédito, revisada el 31 de diciembre de 2024), en consumerfinance.gov; CFPB, informe sobre el mercado de verificación de inquilinos (noviembre de 2022).
- Experian, qué es Experian RentBureau; myFICO, versiones del FICO Score; VantageScore, preguntas frecuentes; Freddie Mac, cómo reportar la renta a las agencias de crédito.
Esta guía ofrece información general para arrendadores y no es asesoría legal. Las leyes estatales sobre el reporte de renta son recientes y pueden cambiar o tener reglamentos nuevos; consulte con un abogado de su estado antes de reportar datos de sus inquilinos.
